SACRAMENTO – ¿Tienes preguntas sobre los requisitos generales para manejar, por ejemplo sobre la matrícula o el seguro de tu vehículo? ¿No entiendes claramente las leyes y restricciones para manejar? El Departamento de Vehículos Motorizados tiene respuestas. Ahorra tiempo, visita la página Web de DMV, www.es.DMV.ca.gov

P: Tengo 84 años y planeó mudarme de Arizona a California. ¿Tendré que tomar el examen práctico de manejo, al igual que el examen escrito y el examen de la vista para obtener la licencia de manejar? ¿Y por cuánto tiempo estará mi licencia de California válida?

R: Usted tendrá que tomar un examen de la vista y el examen escrito. El personal de la oficina del DMV donde usted solicite su licencia determinará si debe tomar el examen de manejo. Una serie de factores determinan la necesidad de un examen de manejo, como el resultado de su examen de la vista y el examen escrito, así como las respuestas que usted proporcione a las preguntas de la Solicitud de Licencia de Manejar o Tarjeta de Identidad (DL44). Una licencia es valida por cinco años y se vence el día de su cumpleaños. Para más información, revise el Manual del Automovilista de California, disponible en nuestro sitio de Internet, www.es.DMV.ca.gov

P: Vivo en una zona muy rural, pero me gusta montar a caballo y andar de paseo por el pueblo. Hay algunas áreas con un límite de velocidad de 25 millas por hora y mi caballo puede galopar a 35 millas por hora. ¿Estoy sujeto a las mismas leyes e infracciones de tráfico mientras monto a caballo?

R: ¡Reduzca la velocidad, vaquero! Aunque es legal montar su caballo en las carreteras de California, de acuerdo con el Código Vehicular 21050. En algunos casos, usted también está sujeto a las mismas reglas que los vehículos motorizados. Esto significa que es ilegal que usted exceda el límite de velocidad cuando ande a caballo. De manera similar, la misma ley se aplica si circula lento y bajo el límite de velocidad; es decir, montar a 35 millas por hora en una zona de 65 millas por hora. Puede encontrar más información sobre este y otros códigos estatales de vehículos por Internet www.es.DMV.ca.gov

¡Buen viaje compañero!

P: Tengo un carro modelo Chevy Vega que está registrado, pero no funciona. Pienso mantenerlo estacionado, pero quiero cancelar mi seguro de auto. ¿Tengo que informar de esto al DMV?

R: Sí, antes de cancelar su seguro, el vehículo debe estar registrado, y usted tiene que presentar al Departamento de Vehículos Motorizados una Declaración Jurada (por escrito) que no planea utilizar el carro. Esto puede ser hecho por Internet o puede llenar y enviar por correo el formulario REG 5090. Si decide nuevamente conducir su vehículo, puede utilizar el mismo proceso para notificar al DMV. Tenga en cuenta que la presentación de la Declaración Jurada (por escrito) es diferente a la presentación del Plan de No Operar/No- Operacional (PNO), el cual se debe presentar en lugar de pagar los cobros antes de la fecha de vencimiento de la matrícula del vehículo o dentro de los 90 días a partir de la fecha de vencimiento de la matrícula.