No se me ocurre un acto más generoso que el de adoptar a un niño. Muchos padres adoptivos que conozco me dicen que es la cosa más gratificante que han hecho a nivel personal.
Pero la adopción es costosa. Los gastos relacionados pueden escalar rápidamente a los miles de dólares. Y lamentablemente, en ocasiones las adopciones fracasan, lo cual obliga a los potenciales padres a soportar el proceso, y los gastos, nuevamente.
Afortunadamente, el IRS ofrece importantes incentivos fiscales para las personas que adoptan, los cuales incluyen un crédito fiscal por adopción y una exención de ingresos gravables por los gastos que se pagan a través del programa de asistencia para adopción del empleador.
Para el año 2012 se modificaron diversas políticas, reglas y límites monetarios del IRS para créditos fiscales por adopción y exclusiones.
Según cual sea su nivel de ingreso, podría reclamar un crédito fiscal no reembolsable de hasta $12,650 en concepto de gastos admisibles para adoptar a un niño que califique. Algunas reglas y definiciones sobre el crédito por adopción:
• El crédito por adopción es por hijo; por lo tanto, el monto se duplica si adopta dos niños en el mismo año.
• Para que sus gastos por adopción sean elegibles, el niño debe ser menor de 18 años o estar física o mentalmente incapacitado para cuidar de sí mismo.
• “No reembolsable” significa que puede reclamar un crédito únicamente por el monto fiscal que adeuda.
• Los “gastos de adopción admisibles” incluyen costos de adopción, costas judiciales, honorarios de abogado y gastos de viático (que incluyen comida y alojamiento estando lejos del hogar). Vea el Formulario 8839 del IRS en www.irs.gov para obtener detalles.
• Si su ingreso bruto ajustado modificado es de $189,710 a $229,710, el monto del crédito que puede reclamar se reduce gradualmente; por encima de los $229,710, no puede reclamar ningún crédito.
Las familias que adoptan niños con necesidades especiales tienen derecho a reclamar la totalidad del crédito de $12,650, incluso si sus gastos de bolsillo fueron menores que ese monto. “Niños con necesidades especiales” son aquellos que el estado determina que no pueden o no deben regresar al hogar de sus padres y que probablemente no serán adoptados a menos que se proporcione asistencia. Dentro de este grupo se encuentran los niños mayores, hermanos, niños con discapacidades y niños actualmente bajo cuidado tutelar.
Si el niño es ciudadano de los Estados Unidos o residente extranjero, las siguientes reglas rigen tanto para las adopciones exitosas como para las fallidas:
• Para los gastos pagados antes de que la adopción sea definitiva, obtenga el crédito para la declaración de impuestos del año siguiente.
• Para los gastos pagados en el año en que finalizó la adopción, obtenga el crédito para la declaración de impuestos de ese mismo año.
• Para los gastos pagados el año posterior a la finalización de la adopción, obtenga el crédito en el año pagado.
• Debido a que no es reembolsable, si el crédito que le corresponde excede la obligación fiscal de un año determinado, puede trasladar el crédito restante hasta cinco años, hasta haberlo utilizado completamente.
Si el niño que adopta es extranjero, solamente podrá reclamar el crédito fiscal o excluir los beneficios pagados por el empleador después de que la adopción sea definitiva. Además, si la adopción no resulta exitosa, no podrá cobrar el crédito para los gastos.
Aparte del crédito fiscal, a los efectos impositivos, también podría excluir de su ingreso bruto los montos pagados por el empleador bajo un programa de asistencia para adopción que califique, ya sea que usted haya recibido el pago o un tercero. Vea el Formulario 8839 del IRS para obtener detalles.
La adopción no se debe tomar a la ligera. Un lugar para comenzar a averiguar es el sitio del gobierno Child Welfare Information Gateway en www.childwelfare.gov.
Jason Alderman dirige los programas de educación financiera de Visa. Para participar gratuitamente en una Reunión Cumbre de Cultura y Educación Financiera en línea el abril 23 de 2012 visite www.practicalmoneyskills.com/summit2012.
Por Jason Alderman