La Corte Suprema de Estados Unidos emitió este viernes 27 de junio un fallo simbólico respecto a la ciudadanía por nacimiento. Determinó que los hijos nacidos en territorio nacional de padres extranjeros que se encuentran en el país con visas temporales —como turistas, trabajadores o estudiantes— no adquieren automáticamente la ciudadanía americana. La decisión se adoptó con una votación de seis contra tres, cursada tras la revisión de la orden ejecutiva EO 14160, promulgada en enero por el presidente Donald Trump.

El texto mayoritario, redactado por la jueza Amy Coney Barrett, limita el uso de “injunctions” o prohibiciones federales de alcance nacional dictadas por jueces, al considerar que solo pueden aplicarse de manera individualizada a los involucrados en casos específicos. La Corte no ratificó los cambios de fondo en la interpretación de la Decimocuarta Enmienda, pero devolvió a los tribunales de distrito la responsabilidad de aplicar estas nuevas restricciones en función del estatus de los padres.

En una transmisión en vivo desde la Casa Blanca, el presidente calificó el fallo como “una victoria monumental para la Constitución, la separación de poderes y el estado de derecho”.

Apoyado en ese criterio, enfatizó que el fallo limita el poder de los jueces para interferir en políticas presidenciales mediante órdenes de aplicación general. “Esto es un gran triunfo para los ciudadanos”, aseguró el presidente Trump, quien también lo celebró en sus redes sociales como una “gigantesca victoria”.

Aun cuando la Corte desbloqueó parcialmente la orden ejecutiva, en estados como California, Massachusetts y Nueva Jersey continúan vigentes prohibiciones federales que impiden su aplicación inmediata, lo que genera un escenario de posibles resultados divergentes según la jurisdicción local.

En la sesión, la jueza Sonia Sotomayor —junto a los otros dos magistrados discrepantes— criticó duramente el fallo, advirtiendo que podría abrir la puerta a nuevas restricciones a derechos constitucionales establecidos. “Ningún derecho estará a salvo en este nuevo régimen legal”, expresó al presentar su discrepancia.

El fallo permite la entrada en vigor de la EO 14160 en cincuenta días en algunas zonas, aunque su efecto práctico dependerá de los procesos en curso en tribunales inferiores. Analistas advierten que esta decisión no solo redefine el acceso a la ciudadanía por nacimiento, sino que también reconfigura el papel del poder judicial federal, allanando el camino para posibles reformas migratorias legislativas o constitucionales.