POR EL PRESENTE SE NOTIFICA que la Junta de Supervisores del Condado de San Diego celebrará una audiencia pública sobre el Programa de Cannabis Socialmente Equitativo (Socially Equitable Cannabis Program) como sigue:

INFORMACIÓN DE LA AUDIENCIA:

Fecha: 19 de agosto de 2026 y 2 de septiembre de 2026

Hora: 9:00 a.m.

Ubicación: County Administration Center, 1600 Pacific Highway, Room 310, San Diego, California 92101

SOLICITANTE: Condado de San Diego

NÚMERO(S) DE PROYECTO/CASO: PDS2021-POD-21-001; PDS2022-ER-22-00-002

UBICACIÓN: Zonas no Incorporadas del Condado de San Diego

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: El Programa de cannabis socialmente equitativo (Socially Equitable Cannabis Program, SECP) permitiría nuevas instalaciones de cannabis en las zonas no incorporadas del condado, lo que incluiría cultivo, distribución, elaboración, microempresas, comercio minorista, salones de consumo en el sitio, eventos sobre cannabis temporales y laboratorios de pruebas. El SECP fue preparado en respuesta a la resolución de la Junta de Supervisores del 27 de enero de 2021 (4) para desarrollar enmiendas a la Ordenanza de Zonificación y al Código Regulatorio del Condado de San Diego para permitir el otorgamiento de permisos y licencias para nuevos usos comerciales de cannabis.

En la audiencia del 19 de agosto de 2026, se le pide a la Junta que considere enmiendas a la Ordenanza de Zonificación del Condado y al Código de Ordenanzas Regulatorias, otorgación de licencias y tarifas de permiso relacionadas, una Política de la Junta para la ejecución, la Ordenanza de Equidad Social, certificar que Informe de Impacto Ambiental Final del Programa, y aprobar las Conclusiones de hecho asociadas de la Ley de calidad ambiental de California (California Environmental Quality Act, CEQA), el Programa de mitigación, monitoreo y elaboración de informes y la Declaración de Consideraciones Primordiales. Si la Junta aprueba las recomendaciones del personal en la audiencia del 19 de agosto de 2026, se requeriría una segunda lectura para la aprobación del Código de Ordenanzas Regulatorias, la Ordenanza de Equidad Social y el otorgamiento de licencias y tarifas de permiso relacionadas el 2 de septiembre de 2026.

RESUMEN DE LA ORDENANZA: Las modificaciones propuestas a la Ordenanza de Zonificación definirá los tipos de uso de cannabis; establecerá donde se permiten las actividades de cannabis y aplicará estándares de desarrollo incluidos límites de uso sensible y otros estándares de desempeño. Las propuestas modificaciones también establecen vías para otorgamiento de permisos.

Las modificaciones propuestas al Código Regulatorio actualizará y reorganizará el marco regulatorio de cannabis comercial del Condado para alinearlo con la ley estatal; establecerá tipos de licencia y límites; establecerá procedimientos de solicitud, renovación, transferencia e inspección; adoptará requisitos operativos generales para todas las empresas de cannabis; establecerá mecanismos de aplicación, sanciones administrativas y otras disposiciones del Condado.

Las modificaciones propuestas al Código Regulatorio relativo al Programa de Equidad social del Cannabis abordarán las desigualdades históricas y el daño económico causado por la Guerra contra las Drogas estableciendo una vía regulada para que solicitantes de equidad social elegibles participen en el mercado del cannabis.

Las modificaciones propuestas al Código Administrativo establecerán tasas nuevas y ajustadas para el otorgamiento de licencias y permisos para lograr la recuperación total del costo.

SITUACIÓN AMBIENTAL: El Condado de San Diego ha preparado un informe de impacto ambiental de programa (Program Environmental Impact Report, PEIR) para el Programa de Cannabis Socialmente Equitativo (Oficina de información estatal n.º 2023090330), con fecha de marzo de 2026. En la audiencia del 19 de agosto de 2026, se pedirá a la Junta que certifique el informe de impacto ambiental de programa (PEIR) final.

CONTACTO DEL PERSONAL: Para obtener más información acerca del proyecto, comuníquese con el gerente del proyecto en la información de contacto a continuación.

Dara Elkurdi

(858) 505-6677

PDS.LongRangePlanning@sdcounty.ca.gov

PARTICIPACIÓN DEL PÚBLICO: Los miembros del público pueden participar en la reunión en persona o mediante teleconferencia de conformidad con los reglamentos vigentes al momento de la reunión. Aquellas personas que deseen participar en la reunión y/o comentar deben visitar el sitio web de la Junta de Supervisores en: https://www.sandiegocounty.gov/content/sdc/cob/bosa.html#watch. Si tiene alguna pregunta, póngase en contacto con el Secretario de la Junta llamando al (619) 531-5434 o escribiendo publiccomment@sdcounty.ca.gov.

ASISTENCIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDADES: Las agendas y registros están disponibles en formatos alternativos previa solicitud. Comuníquese con el secretario de la audiencia llamando al (619) 517-4193 si tiene preguntas o alguna solicitud sobre adaptaciones relacionas con alguna discapacidad. Las personas que requieran intérpretes de lenguaje de señas deben comunicarse con el Coordinador del Título II de la ley ADA para el condado al (619) 531-4908. En la medida que sea razonablemente posible, las solicitudes para adaptaciones o asistencia deben enviarse por lo menos 72 horas antes de la reunión de forma que se puedan hacer los arreglos. Una zona en la parte frontal de las salas de audiencia se puede designar para personas que necesitan usar sillas de ruedas u otros dispositivos accesibles.

ATENCIÓN: Para obtener más información sobre la Disponibilidad del informe del personal, pautas para oradores, procedimientos de audiencia generales, revise la información sobre audiencias públicas del Condado de San Diego que se encuentra en el sitio web de la Junta de Supervisores: https://www.sandiegocounty.gov/content/sdc/cob/bosa.html.

ATENCIÓN: Si impugna ante un tribunal la medida que puede tomarse de acuerdo a esta propuesta, puede verse limitado a mencionar solo aquellos problemas que usted u otra persona comentó en la audiencia pública anterior, o que se mencionó por correspondencia escrita entregada al Organismo de audiencias (Hearing Body) en o antes de la audiencia. Las normas del Organismo de audiencias pueden limitar o imponer requisitos a la presentación de dicha correspondencia escrita.

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